Benefíciate de las ayudas a la digitalización de pymes del programa Kit Digital con una subvención directa de hasta 12.000€.
Desde Brandelicious te ofreceremos asesoramiento durante el proceso de solicitud y tramitación de la ayuda.
El importe máximo de la ayuda depende del número de empleados que tenga la empresa que lo solicita:
Las soluciones digitales susceptibles de ser canjeadas por Bonos Digitales, que pueden ofrecerse desde Brandelicious son las siguientes:
Categoría Sitio Web
Sitio web
Precio medio
1.800 - 3.000€
Expansión de la presencia en internet mediante la creación de una página web o la prestación de servicios que proporcionen posicionamiento básico en internet.
Categoría ecommerce
Comercio electrónico
Precio medio
2.400 - 10.000€
Crear una tienda online que utilice medios digitales para su intercambio.
Categoría Redes Sociales
Gestión de redes sociales
Precio medio
1.800 - 3.000€
Promocionar la empresa en redes sociales.
Categoría Gestión de Clientes
Gestión de clientes
Precio medio
3.500 - 10.000€
Digitalizar la gestión de las relaciones comerciales con los clientes.
¿Cuáles son los topes máximos de los bonos según los segmentos de empresas?
Sitio Web: Expansión de la presencia en internet mediante la creación de una página web o la prestación de servicios que proporcionen posicionamiento básico en internet.
Tope máximo del bono:
Segmento 1
2.000 €
Segmento 2
2.000 €
Segmento 3
2.000 €
Comercio electrónico: Crear una tienda online que utilice medios digitales para su intercambio.
Tope máximo del bono:
Segmento 1
2.000 €
Segmento 2
2.000 €
Segmento 3
2.000 €
Gestión de redes sociales: Promocionar la empresa en redes sociales.
Tope máximo del bono:
Segmento 1
2.500 €
Segmento 2
2.500 €
Segmento 3
2.000 €
Gestión de clientes:Digitalizar la gestión de las relaciones comerciales con los clientes.
Tope máximo del bono:
Segmento 1
4.000 €
Segmento 2
2.000 €
Segmento 3
2.000 €
Comprueba que cumples los requisitos para solicitar la subvención de los Fondos Europeos Next Generation
¿Qué requisitos debo cumplir?
Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
No tener consideración de empresa en crisis.
Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
No superar el límite de ayudas minimis (de pequeña cuantía).